viernes, 24 de mayo de 2019

SEPTIMO ARTÍCULO DE ARAÑAS Y VISIGODOS: "EL CONCILIOVATICANO II: IMPULSO Y DESARROLLO DE LA PASTORAL CON LOS MIGRANTES"




























DELEGACIÓN DIOCESANA DE MIGRACIONES
SIGÜENZA-GUADALAJARA
Arañas y Visigodos
Pepe Magaña
20 de mayo de 2019

EL CONCILIO VATICANO II: IMPULSO Y DESARROLLO DE LA PASTORAL CON LOS MIGRANTES


El Concilio Vaticano II es el acontecimiento clave para la modernización de la Iglesia en el siglo XX. Juan XXIII y Pablo VI son figuras decisivas: el primero, por la sorprendente convocatoria del mismo; el segundo, por su papel en el desarrollo y conclusión.

A. La pastoral de migraciones surge en el siglo XIX. León XIII recogió la inquietud de los pioneros. El papa Pío XII la ordena y formula oficialmente en Exsul Familia (1952). En el n.º 80 sanciona que a los extranjeros se les ha de asegurar una atención pastoral «en una forma proporcionada a sus necesidades y no menos eficaz que aquella de la cual gozan los demás fieles en su diócesis». Por entonces, la mayoría de los migrantes eran católicos (europeos sobre todo, era un fenómeno masivo en Italia) con graves dificultades para vivir su fe en la situación de emigración.

B. En la segunda mitad del siglo XX cambiaron las circunstancias. Las migraciones se globalizan. Los padres conciliares tienen ante ellos, además de al migrante católico, la situación precaria que viven los migrantes en general.  Por eso se centran en la defensa de la digni-dad de la persona y de sus derechos –en peligro en las circunstancias propias de la migra-ción. El Vaticano II reafirmó el derecho de los migrantes a una pastoral específica, pero desplaza los acentos: se acentúa la teología de la iglesia local y la participación de todos los fieles en la misión de la Iglesia; la responsabilidad de la pastoral de migraciones es de la iglesia local, el responsable directo es el obispo (Christus Dominus 18) y no los organismos centrales de la Santa Sede, como concebía Pío XII; los migrantes, aunque extranjeros, son miembros de pleno derecho de la iglesia local. Toda la doctrina conciliar sobre este tema la recoge la instrucción de la Sagrada Congregación para los Obispos Pastoralis Migratorum Cura (1969). Pablo VI la publicó, en forma de Motu Proprio.

C. En el tiempo que sigue, la acción pastoral se enfoca desde los planteamientos de la doctrina social de la Iglesia. El motor es el convencimiento de que la integración social ha de seguir el camino de la inserción laboral, ya que los inmigrantes son trabajadores, y el servicio que la Iglesia puede ofrecerles es apoyar su integración trabajando por la justicia. Se ve cada vez con mayor claridad que la pastoral de migraciones no es una pastoral paralela, sino misión del Pueblo de Dios formado conjuntamente por migrantes y autóctonos. La evolución camina de pastoral ‘para’ migrantes a pastoral ‘con’ los migrantes. El horizonte cambia desde la asistencia religiosa al compromiso misionero.





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